1ER TRIBUNAL AMBIENTAL AMPLÍA CAUTELAR PARA LAS OPERACIONES DE QUIBORAX EN EL SALAR DE SURIRE

Foto 1er tribunal Ambiental

El martes 31 de diciembre de 2025, el Primer Tribunal Ambiental resolvió extender el actual régimen cautelar establecido para las operaciones mineras de la empresa Quiborax S.A., en el Salar de Surire, hasta el 31 de mayo de 2025.

En la resolución, acordada por mayoría, que recayó sobre las presentaciones formuladas por tanto por el del Consejo de Defensa del Estado (CDE) como por la empresa Quiborax, el Tribunal estimó que no advierte un cambio significativo de circunstancias fácticas que amerite modificar el régimen cautelar establecido por resolución del 30 de octubre de 2024.

La decisión se fundamenta en la necesidad de prevenir afectaciones en el ecosistema del Salar, reconocido internacionalmente por su biodiversidad, en especial por su papel crítico como hábitat de especies protegidas como los flamencos altoandinos. El tribunal subrayó que este ecosistema alberga comunidades biológicas complejas y recursos naturales relevantes ambientalmente.

En este contexto, el Tribunal decidió mantener las obligaciones de la empresa consistentes en aplicar medidas de prevención y mitigación, dar estricta aplicación a los planes de trabajo previamente informados al Tribunal y entregar reportes periódicos sobre la ejecución de los planes de trabajo y acciones de monitoreo ambiental. Finalmente, el Tribunal mantuvo las labores de fiscalización del régimen cautelar encargadas a diversos organismos sectoriales de la Región de Arica y Parinacota.

El voto disidente

La decisión del tribunal fue acordada con el voto en contra de la Ministra Srta. Sandra Álvarez, quien estuvo por extender el régimen cautelar existente solo hasta el 31 de enero de 2025, para luego volver a la paralización total de las operaciones de la empresa Quiborax en el Salar de Surire, conforme con la resolución del 11 de septiembre del presente. Lo anterior, se basa en antecedentes solicitados por este Tribunal a servicios públicos con competencias legales sobre el proyecto de la demandada. Algunos de estos informes destacan aspectos como el uso de agua, la biodiversidad y la seguridad de la operación. Según la Ministra, es necesario que el Tribunal obtenga información más completa para evaluar el impacto en el ecosistema y garantizar la adecuada aplicación de la medida cautelar vigente.

Medida cautelar

El 11 de septiembre de este año, el tribunal dictó medida cautelar consistente en la paralización total de las operaciones de la minera Quiborax en el Salar de Surire fundada en la existencia de riesgos ambientales para su ecosistema.

Luego, por resolución del 30 de octubre de 2024, el tribunal acogió parcialmente la solicitud de empresa Quiborax y autorizó “excepcionalmente” la realización de las actividades de nivelación de las áreas intervenidas durante el 2024, así como el retiro y transporte de ulexita acopiada en el Salar de Surire. Además, estableció una serie de condiciones y medidas a adoptar por la empresa.

Revisa la resolución del Tribunal y demás antecedentes de la causa D-31-2024 aquí: https://www.portaljudicial1ta.cl/sgc-web/ver-causa.html?rol=D-31-2024&doc=11060

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